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miércoles, 21 de diciembre de 2016

La justicia europea obliga a la banca a devolver todo lo cobrado por cláusulas suelo



SENTENCIA DE 21.12.2016 — ASUNTOS ACUMULADOS C-154/15, C-307/15 Y C-308/15I
Adjuntamos sentencia del tribunal de Justicia de 21 de diciembre de 2016 donde declara:


En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Gran Sala) declara:

El artículo 6, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una jurisprudencia nacional que limita en el tiempo los efectos restitutorios vinculados a la declaración del carácter abusivo, en el sentido del artículo 3, apartado 1, de dicha Directiva, de una cláusula contenida en un contrato celebrado con un consumidor por un profesional, circunscribiendo tales efectos restitutorios exclusivamente a las cantidades pagadas indebidamente en aplicación de tal cláusula con posterioridad al pronunciamiento de la resolución judicial mediante la que se declaró el carácter abusivo de la cláusula en cuestión.



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